Próximo Vencimiento: Obligación de Habilitar el Buzón Tributario


Aviso Importante: Fecha Límite
Le informamos que, conforme a la Resolución Miscelánea Fiscal (RMF) y lo publicado en el DOF, el próximo 30 de noviembre vence el plazo para que las personas físicas habiliten su Buzón Tributario.
¿Qué es el Buzón Tributario?
Es el canal oficial de comunicación electrónica con el SAT que permite:
Recibir notificaciones de actos o resoluciones administrativas digitales.
Presentar trámites: promociones, solicitudes, avisos y cumplimiento de requerimientos.
Consultar su situación fiscal de forma segura y directa.
Proceso de Confirmación
Una vez solicitada la habilitación, la autoridad enviará —por única ocasión y dentro de los tres días siguientes— un aviso de confirmación a través de los medios de contacto registrados (correo electrónico y número móvil).
Sujetos Obligados y Excepciones
Obligatorio: Para todas las personas físicas inscritas en el RFC.
Opcional: Para contribuyentes con ingresos por salarios (sueldos y salarios), excepto aquellos en el régimen de asimilados cuyos ingresos anuales sean iguales o superiores a $3,000,000.00.
⚠️ Importante: La omisión en la habilitación, o la falta de actualización de los medios de contacto, derivará en las multas correspondientes estipuladas en el Código Fiscal de la Federación.




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